De acuerdo a lo dispuesto por la máxima autoridad electoral del Estado Boliviano, y tras el golpe de estado perpetrado al expresidente Evo Morales Ayma, motivo por el cual, posteriormente terminó autocoronándose una legisladora como presidenta del vecino país, luego también de la confusa y muy cuestionada auditoría que realizaran organismos internacionales tanto de la OEA y algunas declaraciones de la ONU, la misma que ahora aboga por la mas amplia participacion de partidos políticos, a quienes algunos referentes politicos, acusan de ser instrumentos de las grandes potencias, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) dispuso que la fecha definitiva propuesta y de carácter inamovible sería el 18 de Octubre del 2020, esto después tres maniobras del gobierno en transición de Jeanine Añez que había terminado suspendiéndolas.
Tal es así que uno de los grandes interrogantes son los derechos de los ciudadanos bolivianos que residen en el exterior del país, tal es así que se dispusieron nuevas medidas y condiciones para los bolivianos que residen particularmente en Argentina que son alrededor de 24.517 bolivianos inhabilitados para sufragar en las elecciones del 18 de octubre próximo y como medida de saneamiento del Padrón de votantes en el exterior, han sido inhabilitados los ciudadanos que no votaron en las elecciones de 2014 ni el Referendo Constitucional de 2016, conforme establece el Art. 77-IV de la Ley 018 la inhabilitación se efectuó si la persona no sufragó en ninguno de los dos procesos electorales.
Verifica si estás en la lista de inhabilitados para votar en las elecciones generales del 18 de octubre y realiza tu reclamo tenés tiempo hasta martes 8 de septiembre a las 23:59 hs.
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Las personas inhabilitadas pueden presentar reclamos hasta el 8 de septiembre. Las solicitudes pueden ser enviadas al correo electrónico reclamos.2020@oep.org.bo o accediendo a la dirección: https://reclamos2020.oep.org.bo/. Deben llenar los formularios electrónicos requeridos y aguardar la confirmación de su rehabilitación.
El TSE aclara que los ciudadanos que retornaron al país y actualizaron su domicilio en el territorio nacional no están comprendidos en la causal de inhabilitación.